PREGUNTAS FRECUENTES

 

1.- ¿Qué es la mediación?


La Mediación es un espacio de gestión participativa de conflictos, donde las personas buscan resolver sus diferencias con la asistencia de un tercero imparcial, que no toma decisiones por ellos.

2.- ¿Cómo solicitar una mediación?


Para iniciar el trámite de solicitud deberá dirigirse a su centro de mediación más cercano a su domicilio. Ver aquí Centros Comunitarios de Mediación.

3.- ¿Que necesita para solicitar una mediación?


Siendo el servicio de Mediación comunitaria gratuito, para acceder al mismo, debe tener ingresos menores a dos SMVM (sueldo mínimo vital y móvil) que se comprobará con copia de recibo de sueldo o Certificación Negativa de ANSES en caso de no tener ingresos. Además deberá concurrir con copia de DNI y llenar los formularios de solicitud de mediación en carácter de declaración jurada.

4.- ¿Para qué sirve la mediación?


La mediación brinda la oportunidad a las personas que atraviesan un conflicto de resolverlo rápida y económicamente.

5.- ¿Cómo funciona la mediación?


El mediador ayuda a las personas a obtener una solución que surja de ellos mismos, a través de audiencias conjuntas o privadas y aplicando una serie de técnicas de comunicación en un ambiente que favorece el entendimiento, en un marco de confidencialidad, imparcialidad y neutralidad.

 

6.- ¿Cuándo se utiliza la mediación?


Se puede recurrir a la mediación en cualquier etapa de una controversia. También se puede recurrir a la mediación en cualquier momento durante un litigio judicial cuando las personas desean explorar la posibilidad de llegar a un acuerdo.

7.- ¿Es obligatoria la mediación?


La instancia de mediación será obligatoria y previa a todo juicio en el que se debatan cuestiones que no se encuentren expresamente excluidas.

8.- ¿Qué pasa si una de las partes no asiste a la mediación?

 

Variara las circunstancias si se trata de una incomparecencia justificada o no.
Si justifica su incomparecencia (enfermedad, viaje o cualquier otro motivo) el mediador podrá fijar fecha de una nueva audiencia.
Si no justifica su incomparecencia, se cerrará el proceso por esa causa emitiendo la constancia respectiva, que habilita el proceso judicial.
 

9.- ¿Es obligatorio concurrir a las audiencias acompañado de un abogado?


Es obligatorio el asesoramiento jurídico previo, no necesariamente la presencia del abogado en la audiencia de mediación.

10.- ¿Qué casos se pueden mediar?


Asuntos de familia (alimentos, cuidado personal, derecho de comunicación, conflictos personales y/o familiares, etc.) asuntos civiles división de condominio asuntos comunitarios, de convivencia social o vecinal, etc.

 

11.- ¿Cuánto tiempo se tarda el proceso de mediación?

 
Es un proceso muy eficiente que ahorra tiempo y dinero.
Las audiencias pueden variar según las personas y el conflicto, pero oscilan entre hora y media, y dos.
El proceso de Mediación llevará cuantas audiencias necesarias requiera la controversia.

 

12.- Si las partes logran un acuerdo, ¿cómo continúa el proceso?

 

Si las personas logran un acuerdo, el mediador redactará el mismo el que será firmado por todas las partes involucradas y el mediador, quedando a disposición de las partes la facultad de proseguir en la Instancia Judicial para su homologación.

13.- ¿Qué pasa si no se cumple con lo acordado en la mediación?


Lo acordado y firmado en el convenio de mediación constituye ley particular para las personas, de ahí que en caso de incumplimiento por parte de una o ambas, deberá solicitar la homologación judicial a fin de que el acuerdo tenga carácter de sentencia judicial y entonces solicitar la ejecución del mismo.

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